Page 7 - Geopolítica del Mundo Actual. Una Visión Multidisciplinar
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 GEOPOLÍTICA DEL MUNDO ACTUAL. UNA VISIÓN MULTIDISCIPLINAR
Cultura de Paz, Conflictos, Educación y Derechos Humanos
 natural o divino iría dando paso a un elemento consciente y voluntario de pactar con el “extranjero”, el que no es de la propia comunidad, para integrarlo en la misma.
Para dejar constancia de estos pactos se utilizan elementos simbólicos llamados tesseras que podrían considerarse como un documento que da fe del pacto. Podían ser animales que se dividían en dos piezas que al volverlas a unir configuraban dicha figura completa. O también fue frecuente entre algunos pueblos de la Galia una figura con dos manos entrelazadas. En otros casos simplemente es una tablilla escrita con la referencia al pacto.
Todo ello demuestra la búsqueda del bienestar y la paz como eje fundamental de la vida comunitaria inicial.
Luego existirían otro tipo de pactos pero que ya no tienen ese carácter igualitario: la clientela o la , pero por razones de espacio omito aquí su referencia más extensa.
Aquí podemos afirmar se encuentran los antecedentes más remotos de las bases para la vida en poblaciones que darían luego lugar a las ciudades y también el anteceden- tes para las relaciones intercomunitarias pacíficas.
2. Los foedus o pactos con los pueblos hispanos. Las decisiones mancomunadas. Concilium. Senado romano, Asambleas germánicas. Consejos municipales.
El carácter asambleario en la creación del derecho y en la resolución de los problemas de convivencia es una caracte- rística también del derecho originario. En los textos griegos y latinos, se hace referencia a la existencia en la península de asambleas de ancianos, senatus, o a otro tipo de reunio- nes de los representantes de las familias que tienen la capacidad mediante el acuerdo de crear normas con un carácter ya distante de la mera voluntad de la divinidad o la naturaleza. La extensión del régimen municipal romano sobre todo a las zonas de mayor contacto con los extranje- ros, facilitó la adopción de este sistema de organización. El municipio como institución facilitó la convivencia y la ordenación de la misma entre los ciudadanos y aquellas otras categorías de íberos que recibieron dicho privilegio. El pueblo intervenía en la organización y gobierno median- te la elección de los magistrados de la ciudad, todos los ciudadanos y los latinos tenían derecho a elegir y ser elegidos.
Es interesante a este respecto la toma de contacto de los pueblos germánicos con el mundo romano. Estos grupos guardaban una gran cohesión interna y cada uno de ellos formaban la Sippe en la que todos los miembros del mismo linaje se unían en una asociación de paz, en la que goza- ban de iguales derechos, unidos en una asociación de paz que xcluía toda enemistad y aseguraba la convivencia y la protección. El órgano principal de decisión era la asamblea popular de todos los hombres libres, allí se elegía al jefe, se dictaba el derecho, se impartía justicia mancomunada. Es una forma podemos decir de democracia asameblearia.
Entre los germanos se desconocía la existencia de un poder soberano que ejerciera coercitivamente frente a los súbditos la facultad normativa. Los Derechos germánicos eran ordenamientos populares en cuya formación interve- nía el pueblos a través de esas asambleas de hombres libres.
Por su parte en la Edad Media aparecerá el consejo munici- pal, cuyo antecedente es el conventus publicus vicinorum como elemento de participación de todos los vecinos en la regulación de la vida municipal. Muchos de ellos estuvie- ron constituidos al margen de la autoridad señorial o eclesiástica y constituyeron el germen de los burgos de los que se acuñó la vieja expresión de que el “aire de la ciudad nos hace libres”, para significar el espacio ciudadano como un lugar donde las personas podían convivir al margen de los regímenes de dependencia señorial, eclesiástica o de las órdenes militares. En los siglos XI Y XII, con el incremento del comercio y del mercado en las ciudades se formaron nuevos núcleos de población que pudieron organizar sus instituciones municipales en un régimen de mayor libertad y de solidaridad vecinal. En ellos se desarrolló todo un derecho municipal de origen concejíl que permitió a Hinojosa afirmar que el Municipio Medieval ha sido el precursor del Estado Moderno. Esta institución suprimió las trabas que separaban las varias clases sociales y daban el carácter de privilegio a la libertad civil y la participación en la vida pública. Los grandes principios que informan la vida contemporánea, decía, la libertad de la persona, la propiedad, el trabajo, los derechos civiles y políticos, tuvieron en el municipio medieval su primera expresión práctica.
   Cátedra Unesco de Resolución de Conflictos 4
  





















































































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